El 25 de diciembre de 1194, con la coronación de Enrique VI, se inició la dominación de la Casa de Suabia en la Italia meridional. Bajo esta dinastía, cesó la actividad de la ceca de Palermo, pero continuaban trabajando a pleno ritmo la de Messina para Sicilia y la de Brindis¡ para las regiones continentales. A estos talleres, que produjeron tari y multipli de oro, apuliensi, denari y mezzi denari, se añadieron las cecas de Gaeta (follar¡ de Enrique VI), Amalfi (ta@i de oro para Enrique Vi y Federico 11), Manfredonia (tapa y multipli de oro, denari y mezzi denari en nombre de Manfredo) y Salerno (follar¡ y mezzi follar¡ de Enrique VI), dando lugar a una producción muy rica y variada a lo largo del dominio de los soberanos suabos (que concluyó en 1266, año del advenimiento de los Angevinos).
Las monedas de un pequeño rey
Podemos dividir la producción de Federico 11 para Sicilia en tres períodos. El primero comprende de 1 1 97 a 1208, y coincide con la regencia de su madre Constanza y luego de dignatarios y señores feudales indígenas y alemanes, pues Federico había subido al trono con sólo tres años de edad. Esta producción, que en parte continúa la de Enrique VI, está caracterizada por la introducción, en el anverso, de una pequeña águila, unas veces monocéfala (con una sola cabeza) y otras bicéfala (con dos cabezas), elemento que caracterizará durante siglos las monedas sicilianas. En 1209 Federico asumió personalmente el poder y no tardó en manifestarse muy resuelto y sagaz en la gestión política. A este segundo período (que llega hasta 1220) pertenecen diversas monedas de oro con las letras F, FE y FC (monogramas del nombre de Federico), junto con el nombre de su padre, Enrique VI, y letras en caracteres cúficos, herencia de las monedas árabes, aunque ahora reducidas a puro elemento decorativo y desprovistas de un significado y un mensaje reales. Tenemos también monedas que presentan la ya tradicional águila, y otras que llevan en el centro dos o más globos pequeños. Hay asimismo algunos denari y mezzi denari de aleación (acuñados en Messina) que celebran los esponsales de Federico, de apenas quince años, con Constanza de Aragón (1 209), y otros, no menos interesantes desde un punto de vista histórico, cuya leyenda recoge el título de REX ROMANOR. . Estos últimos dan testimonio de la elección de Federico como Rey de los romanos, celebrada en Alemania en 1212 en Maguncia y en Aquisgrán.
Las monedas del emperador
En 1220 el papa Honorio 111 coronó en Roma a Federico Romanorum imperator semper augustus et Rex Siciliae. A este último período, que comprende 29 años, pertenecen monedas de gran interés y de calidad artística muy cuidada, superior a la de emisiones anteriores. En los ta@i aparecen la leyenda F. IMPERATOR, el águila y la cruz latina junto al monograma de Cristo (IC XC) y a la afirmación victoriosa Ni KA. También de este período datan los bellísimos augustales, monedas de oro de sabor muy latino, que se contraponen a las anteriores también de oro y de derivación bizantina y árabe. El nombre revela que la iconografía remite expresamente a los áureos de la antigua Roma: en el anverso hallamos, en efecto, el retrato de Federico en muchas variantes (cabeza más o menos grande, rostro a veces juvenil y en ocasiones más maduro, destacado o con corona de laurel o convencional), acompañado de la significativa leyenda CAESAR AVG/IMP ROM. . El reverso presenta el nombre, acompañado de un águila que si en lo esencial ha permanecido inmutable, ofrece muchas variantes de estilo y posición. La gran novedad vinculada al nacimiento del augustal radica en el hecho de que a la moneda de oro se le asigna un peso fijo y constante, 5, 25 g, y una ley de 20 quilates y medio (frente a la del tari, de 16 y un tercio). La moneda posee gran valor histórico, pues es el fruto de las importantísimas Constituciones meifitanas de 1231, por las cuales se pretendía dotar al reino de una legislación de derecho público y privado, capaz de reorganizar con solidez el gobierno de la Italia meridional. Al tercer periodo pertenecen diversos denari de plata, entre los que recordamos, por su interesante vinculación histórica, aquellos en los que aparece el nombre de Federico acompañado del título de REX IERVSOLOMIT 0 F. ROMANOR IMP/IERL ET SICILI, de lo que resulta evidente la ostentación de la dignidad de rey de Jerusalén aportada como dote en 1225 por Isabel, hija de Juan de Brienne, pero sobre todo conquistada durante la sexta cruzada. Otra emisión característica de esta última fase de las monedas de Federico la representan los denari, con los que el erario obtenía elevadas ganancias y que, con el tiempo, sufrieron una inflación cada vez más fuerte y, lo que es peor, se devaluaron. Las nuevas emisiones eran muy frecuentes, y cada vez presentaban una ley más baja, situación que no tardó en llevar a una grave devaluación. Si 16 denari de 1209 contenían 3, 6 g de plata pura, 24 denari de la última emisión (1249) sólo presentaban 0, 6 g de metal precioso. !>
Las Constituciones meifitanas
Las Constituciones meifitanas, llamadas también Constituciones del reino de Sicilia, recogían y ordenaban normas de derivación normanda y otras impuestas por el propio emperador Federico ¡l. El propósito consistía en dotar al reino de un sólido aparato burocrático nombrado por el rey, que permitiera una gestión de gobierno muy centralizada bajo dependencia directa del soberano. Federico actuaba así con a finalidad de acabarcon el feudalismo, aún vivo en el interior del Imperio, y de eliminar las tendencias autonomistas de las diversas ciudades comunales. Las Constituciones, de gran trascendencia histórica además de documental, reflejan la gran inteligencia política de Federico, que, en cierto sentido, se anticipaba a su tiempo al concebir un Estado fuerte y centralizado, en el que estaba prevista una administración judicial y financiera estatal que debía emplear a funcionarios con competencias específicas y cualificadas. Con gran amplitud de miras y capacidad para interpretar los hechos de su tiempo, Federico se dio cuenta de que cada componente social desempeñaba su propia función y debía recibir su reconocimiento personal: así no negó la función fundamental ejercida en aquellos años por la burguesía municipal. Con un plan que apuntaba a extender su hegemonía a toda la península, Federico se proponía coordinar la actividad de las ciudades comunales bajo la autoridad y el control del Estado. Estaba prevista la colaboración con la Iglesia, superando así el espinoso p robiema de la supremacía de un poder sobre otro. Pero al clero, lo mismo que a los demás ciudadanos, le pedía que pagara impuestos y aceptara la competencia de los tribunales civiles,
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